ZONA SUR. – A un mes en que inicie el periodo vacacional decembrino, no son pocos los empleados de empresas públicas y privadas que se preguntan sobre el pago de aguinaldos, un derecho constitucional que todos los trabajadores tienen al cabo de año.
Como es sabido, en muchos casos los patrones no cumplen con esta obligación o lo hacen de manera extemporánea. Sin embargo, en el caso de los gobiernos de Ahuacatlán e Ixtlán del Río ha trascendido que el aguinaldo pende de un vilo. Es decir, que se cubriría sólo a condición de un crédito a cargo de la administración pública.
Sobre todo a los trabajadores de confianza se les está predisponiendo para que contemplen el pago legal mínimo que la ley establece, si es que para entonces las arcas de los Ayuntamientos tienen fondos suficientes para cubrir esta demanda.
Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el monto mínimo deberá ser igual a 15 días de salario antes del 20 de diciembre. No obstante, en el caso de los trabajadores del estado, o sea los servidores públicos, el monto mínimo es de 40 días de salario sin deducciones por año laborado, entregándose el 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del siguiente año.
En todo contrato, deberá sumarse la antigüedad para considerar la estimación del aguinaldo. De ahí la importancia que tiene el considerar el sueldo base de muchos empleados del gobierno que cada vez se tiene que endeudar más como consecuencia de una burocracia extendida y cada vez más privilegiada.
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